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20 de enero de 2014

Nestlé se adhiere oficialmente a la Garantía Juvenil española.

Nestlé se ha adherido hoy a la Estrategia española de Emprendimiento y Empleo Joven, a la que recordemos que aportaba la promesa de crear 1.250 puestos de trabajo en España entre 2014 y 2016. Aunque para desgracia de nuestra Comunidad Autónoma de Asturias, no recaerán en ninguno de los dos centros que la multinacional tiene en la región los programas de Formación Dual que la empresa tiene pensado implementar. Como mucho llegarán nuevos trabajadores en sustitución de aquellos que pasen a jubilarse.

Durante este acto, Fátima Báñez aprovechó para dar a conocer algunas de las líneas que seguirá la Garantía Juvenil, entre las cuales destacó el incentivo de la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa, el programa "Primer Empleo" que bonificará con 500 o 700 euros la Seguridad Social de contratos transformados en indefinidos (No entró a detallar las condiciones), o los incentivos para la incorporación de jóvenes menores de 25 años a las cooperativas y sociedades laborales en calidad de socios trabajadores.

También destacó la ministra que el paro registrado de menores de 25 años ha disminuido en algo más de 44.000 personas este año, apuntándose el tanto pese a que cada vez menos gente ignora que esto no se debe a que hayan encontrado trabajo, si no a que han emigrado o simplemente, han dejado de registrarse como demandantes de empleo.

1 de enero de 2014

La nueva Simplificación Administrativa de Contratos de Trabajo

El Ministerio de Empleo pone en marcha hoy el Asistente Virtual con el que transforma en realidad la anunciada simplificación administrativa de contratos de trabajo. Al asistente se puede acceder desde la web del Servicio Público de Empleo Estatal y consiste en un formulario que guía al empleador a través de cinco fases que dan lugar a la generación en formato PDF de un formulario que posteriormente completar con los datos específicos de cada relación laboral.

Los cinco pasos del formulario comienzan con la selección del tipo de empleador, y luego se han de seleccionar las características del empleado a contratar (edad, situación de desempleo, discapacidad, colectivo especial al que pertenece), la jornada de trabajo, el tipo de contrato (donde se reducen las opciones a indefinido, temporal, de formación o en prácticas), y finalmente, unas clausulas específicas en las que se concretan las características de cada tipo de contrato de trabajo.

Una vez realizados todos estos pasos, el sistema genera un formulario en PDF descargable y rellenable.

Este formulario en PDF nos permite descubrir el gran cambio de esta simplificación administrativa de contratos de trabajo: se han reducido a 4 los diferentes formularios para la realización de contratos de trabajo, pero cada uno de estos 4 formularios sigue aglutinando el gran número de modalidades contractuales existentes. El contrato se reduce a dos páginas comunes para todas las modalidades en cada una de las cuatro opciones de formulario (indefinido, temporal, de formación y en prácticas), pero se anexan una serie de páginas adicionales que recogen clausulas específicas para cada modalidad contractual y que en algunos casos elevan a la veintena el número total de páginas de cada formulario.

¿Simplifica realmente la realización de contratos de trabajo esta modificación? Posiblemente presenta los contratos de trabajo de una forma más ordenada que la existente hasta ahora, y no resta complejidad al sistema de contratación. Lo que puede generar más dudad es si esta simplificación se trasladará realmente en una mayor facilidad para que los empresarios y emprendedores contraten personal y en consecuencia, en una aumento de las contrataciones.

30 de diciembre de 2013

¿Qué fue de la prevista modificación de modalidades de contratos?

El texto del RD Ley 16/2013 no recoge ninguna modificación relativa a la reducción de modalidades de contratos que tanto se comentó hace unas semanas y que se esperaba como medida estrella de las nuevas regulaciones realizadas por el Gobierno. ¿Qué ha pasado con esta iniciativa?

Lo que Fátima Báñez ha bautizado como Simplificación Administrativas de los Contratos se traducirá en la puesta en marcha a partir del 1 de enero de un asistente virtual que realiza un contrato de trabajo en 5 pasos y que reducirá las opciones a 4 tipos de contratos: indefinido, temporal, formativo y en prácticas.

Las mismas dudas que existían al surgir esta iniciativa siguen planeando sobre ella ¿Qué modificaciones reales conllevará esta simplificación? A simple vista parece que todo queda en un asistente telemático para que cualquier empresario pueda hacer de forma simple un contrato de trabajo sin necesidad de acudir a un tercero como un Graduado Social o una Asesoría Laboral que haga por él los trámites.

La contratación laboral es demasiado complicada como para reducirla de forma tan liviana. ¿Conllevará la presentación de este asistente virtual una modificación normativa real que veremos publicada en los siguientes días? ¿Ayudará realmente a simplificar la realización de contratos por parte de los empresarios, o servirá solamente para el incremento del fraude en la contratación y el surgimiento de numerosos errores administrativos?


27 de diciembre de 2013

La nueva Reforma Laboral, o ajustes menores del RD-Ley 16/2003

Estábamos a la espera de una nueva reforma laboral, y no se ha hecho esperar. No es una reforma en profundidad, pero sí que la nueva regulación introduce varias modificaciones a tener en cuenta (ajustes menores se les llama en el texto normativo).

Tenéis el texto íntegro del RD Ley 16/2013 publicado en el BOE aquí.

Modificaciones del contrato a tiempo parcial.

El RD Ley 16/2003 elimina de un plumazo la posibilidad de hacer horas extras en contratos a tiempo parcial introducidas en la última reforma laboral. A cambio, modifica en profundidad la regulación de las horas complementarias, flexibilizándolas, elevando el número de éstas que pueden realizarse, e introduciendo un mínimo de jornada de 10 horas semanales en cómputo anual para poder pactar horas complementarias. Además, establece dos tipos de horas complementarias: las pactadas, y las voluntarias, que el trabajador puede realizar o no en caso de que la empresa le ofrezca poder realizarlas.

Los pactos de horas complementarias vigentes seguirán siendo de aplicación salvo que las partes acuerden acogerse a la nueva regulación.

Además, se crea la obligación para el empresario de llevar un registro de las horas de trabajo realizadas a tiempo parcial que se debe totalizar mensualmente y entregar al trabajador junto con el recibo de salarios. Esta obligación se excluye en la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.

También se establece la ya comentada posibilidad de realizar el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores a tiempo parcial. En caso de celebración de este tipo de contrato, las bonificaciones previstas se aplicarán de forma proporcional según la jornada de trabajo. Además, se mantiene la posibilidad de compatibilizar este tipo de contrato con el desempleo de idéntica forma que los contratos a tiempo parcial ordinarios.

Por último, se reducen los tipos de cotización en contratos temporales a tiempo parcial, que pasan del 9,3% al 8,3%, un punto de bajada que repercute íntegramente en el tipo empresarial y que equipara la cotización de este tipo de contrato a los contratos temporales a tiempo completo.

Modificaciones respecto al periodo de prueba.

Se introduce una duración máxima del periodo de prueba de un mes en contratos de hasta 6 meses de duración. También se introducen como situaciones que interrumpen el cómputo del periodo en prueba el riesgo durante el embarazo, el riesgo durante la lactancia y la paternidad, que se unen a la maternidad, la incapacidad temporal y la adopción o acogimiento.

Contrato en prácticas por Empresas de Trabajo Temporal.

Se abre la posibilidad de que las ETT cedan a otras empresas trabajadores contratados en prácticas y se extienden a estos contratos las bonificaciones por conversión en indefinidos.

Subida de la base mínima de cotización de autónomos con 10 o más trabajadores por cuenta ajena.

Los autónomos que tengan 10 o más trabajadores por cuenta ajena empleados verán incrementada su base mínima hasta se equiparada a la base mínima de los trabajadores en régimen general del grupo 1 (licenciados, personal de alta dirección). Pasará, por lo tanto, de los 858,60 euros actuales a 1.051,50 euros.

Otros ajustes

En caso de pactarse una distribución irregular de la jornada de trabajo, y en defecto de pacto o previsión en convenio colectivo, las diferencias de jornada derivadas de esta distribución irregular deben compensarse en el plazo de 12 meses.

Se amplía desde los 8 hasta los 12 la edad de los menores por los que se puede solicitar una reducción de jornada por guarda legal.

Se amplía el plazo hasta el 31 de diciembre de 2014 para la realización de contratos formativos no vinculados a certificados de profesionalidad o títulos de formación.

Se modifican varios conceptos que entran o se excluyen del cómputo de la base de cotización, como dietas o asignaciones por formación.

La normativa pule algunos conceptos como el de sector de actividad o grupo de empresas.

23 de diciembre de 2013

El Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil en España

El Gobierno por fin ha remitido a la Comisión Europea el Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil en España. La Garantía Juvenil tiene por objeto asegurar que todos los jóvenes menores de 25 años reciban una oferta de empleo, educación continua o prácticas en un período máximo de 4 meses tras acabar la educación formal o quedar desempleados. Para ello, el Consejo Europeo destinará 6.000 millones de euros entre 2014 y 2020 a aquellas regiones con tasas de empleo juvenil superiores al 25% (Recordemos que la española supera ya el 50%)

El plan presentado por el gobierno sigue cuatro líneas de actuación: Mejorar la intermediación laboral, Mejorar la empleabilidad de los jóvenes, Favorecer su contratación y Favorecer el emprendimiento, es decir, el autoempleo vía autónomos.

El acceso a las ayudas de Garantía Juvenil debe solicitarlas el interesado a través de un registro telemático y se prevé un plazo de atención máximo de 4 meses, y la realización de un perfil personalizado de cada solicitante que identifique sus necesidades educativas o formativas.

En este enlace está disponible el texto íntegro del plan.

17 de diciembre de 2013

Casi 800.000 euros para las Agencias de Colocación asturianas

Un total de 784.462 euros serán destinados a subvencionar programas de acompañamiento para el empleo en 2014 y 2015 desarrollados por agencias de colocación sin ánimo de lucro. Con una previsión de 800 personas beneficiarias, servirán para crear itinerarios personalizados de ayuda en la búsqueda de empleo, que incluirán orientación laboral, asesoramiento en la búsqueda de empleo y actividades formativas trasversales entre otras acciones.

Un nuevo impulso a las agencias de colocación que desde la reforma laboral se han situado como entidades clave dentro de la orientación laboral y el apoyo en la búsqueda de empleo.

11 de diciembre de 2013

Primeras noticias sobre el Plan para la Garantía Juvenil

Después de plantarse ante la Unión Europea exigiendo el adelanto de las ayudas, pero con las manos vacías, parece ser que nuestro Gobierno empieza a elaborar el necesario Plan para la implementación de la Garantía Juvenil que la Comisión Europea le exigía como dispensa para acceder a las mencionadas ayudas. Algo tan básico como saber en qué se van a gastar el dinero que les van a dar.

Por ahora, las primeras noticias que tenemos es que el plan se está negociando con los agentes sociales y las comunidades autónomas y el 20 de diciembre será cuando se apruebe en Consejo de Ministros, para posteriormente ser enviado a la Comisión Europea el 23 de diciembre.

Por lo demás, poco sabemos. Fátima Báñez no dice ni mu sobre las medidas que incluirá el plan, se remite a lo ya hecho, y recuerda con contundencia lo mucho que han insistido en que los fondos lleguen cuanto antes. Pero lo dicho, de los planes en sí, rien de rien.




 
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