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30 de diciembre de 2013

¿Qué fue de la prevista modificación de modalidades de contratos?

El texto del RD Ley 16/2013 no recoge ninguna modificación relativa a la reducción de modalidades de contratos que tanto se comentó hace unas semanas y que se esperaba como medida estrella de las nuevas regulaciones realizadas por el Gobierno. ¿Qué ha pasado con esta iniciativa?

Lo que Fátima Báñez ha bautizado como Simplificación Administrativas de los Contratos se traducirá en la puesta en marcha a partir del 1 de enero de un asistente virtual que realiza un contrato de trabajo en 5 pasos y que reducirá las opciones a 4 tipos de contratos: indefinido, temporal, formativo y en prácticas.

Las mismas dudas que existían al surgir esta iniciativa siguen planeando sobre ella ¿Qué modificaciones reales conllevará esta simplificación? A simple vista parece que todo queda en un asistente telemático para que cualquier empresario pueda hacer de forma simple un contrato de trabajo sin necesidad de acudir a un tercero como un Graduado Social o una Asesoría Laboral que haga por él los trámites.

La contratación laboral es demasiado complicada como para reducirla de forma tan liviana. ¿Conllevará la presentación de este asistente virtual una modificación normativa real que veremos publicada en los siguientes días? ¿Ayudará realmente a simplificar la realización de contratos por parte de los empresarios, o servirá solamente para el incremento del fraude en la contratación y el surgimiento de numerosos errores administrativos?


27 de diciembre de 2013

La nueva Reforma Laboral, o ajustes menores del RD-Ley 16/2003

Estábamos a la espera de una nueva reforma laboral, y no se ha hecho esperar. No es una reforma en profundidad, pero sí que la nueva regulación introduce varias modificaciones a tener en cuenta (ajustes menores se les llama en el texto normativo).

Tenéis el texto íntegro del RD Ley 16/2013 publicado en el BOE aquí.

Modificaciones del contrato a tiempo parcial.

El RD Ley 16/2003 elimina de un plumazo la posibilidad de hacer horas extras en contratos a tiempo parcial introducidas en la última reforma laboral. A cambio, modifica en profundidad la regulación de las horas complementarias, flexibilizándolas, elevando el número de éstas que pueden realizarse, e introduciendo un mínimo de jornada de 10 horas semanales en cómputo anual para poder pactar horas complementarias. Además, establece dos tipos de horas complementarias: las pactadas, y las voluntarias, que el trabajador puede realizar o no en caso de que la empresa le ofrezca poder realizarlas.

Los pactos de horas complementarias vigentes seguirán siendo de aplicación salvo que las partes acuerden acogerse a la nueva regulación.

Además, se crea la obligación para el empresario de llevar un registro de las horas de trabajo realizadas a tiempo parcial que se debe totalizar mensualmente y entregar al trabajador junto con el recibo de salarios. Esta obligación se excluye en la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.

También se establece la ya comentada posibilidad de realizar el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores a tiempo parcial. En caso de celebración de este tipo de contrato, las bonificaciones previstas se aplicarán de forma proporcional según la jornada de trabajo. Además, se mantiene la posibilidad de compatibilizar este tipo de contrato con el desempleo de idéntica forma que los contratos a tiempo parcial ordinarios.

Por último, se reducen los tipos de cotización en contratos temporales a tiempo parcial, que pasan del 9,3% al 8,3%, un punto de bajada que repercute íntegramente en el tipo empresarial y que equipara la cotización de este tipo de contrato a los contratos temporales a tiempo completo.

Modificaciones respecto al periodo de prueba.

Se introduce una duración máxima del periodo de prueba de un mes en contratos de hasta 6 meses de duración. También se introducen como situaciones que interrumpen el cómputo del periodo en prueba el riesgo durante el embarazo, el riesgo durante la lactancia y la paternidad, que se unen a la maternidad, la incapacidad temporal y la adopción o acogimiento.

Contrato en prácticas por Empresas de Trabajo Temporal.

Se abre la posibilidad de que las ETT cedan a otras empresas trabajadores contratados en prácticas y se extienden a estos contratos las bonificaciones por conversión en indefinidos.

Subida de la base mínima de cotización de autónomos con 10 o más trabajadores por cuenta ajena.

Los autónomos que tengan 10 o más trabajadores por cuenta ajena empleados verán incrementada su base mínima hasta se equiparada a la base mínima de los trabajadores en régimen general del grupo 1 (licenciados, personal de alta dirección). Pasará, por lo tanto, de los 858,60 euros actuales a 1.051,50 euros.

Otros ajustes

En caso de pactarse una distribución irregular de la jornada de trabajo, y en defecto de pacto o previsión en convenio colectivo, las diferencias de jornada derivadas de esta distribución irregular deben compensarse en el plazo de 12 meses.

Se amplía desde los 8 hasta los 12 la edad de los menores por los que se puede solicitar una reducción de jornada por guarda legal.

Se amplía el plazo hasta el 31 de diciembre de 2014 para la realización de contratos formativos no vinculados a certificados de profesionalidad o títulos de formación.

Se modifican varios conceptos que entran o se excluyen del cómputo de la base de cotización, como dietas o asignaciones por formación.

La normativa pule algunos conceptos como el de sector de actividad o grupo de empresas.

23 de diciembre de 2013

El Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil en España

El Gobierno por fin ha remitido a la Comisión Europea el Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil en España. La Garantía Juvenil tiene por objeto asegurar que todos los jóvenes menores de 25 años reciban una oferta de empleo, educación continua o prácticas en un período máximo de 4 meses tras acabar la educación formal o quedar desempleados. Para ello, el Consejo Europeo destinará 6.000 millones de euros entre 2014 y 2020 a aquellas regiones con tasas de empleo juvenil superiores al 25% (Recordemos que la española supera ya el 50%)

El plan presentado por el gobierno sigue cuatro líneas de actuación: Mejorar la intermediación laboral, Mejorar la empleabilidad de los jóvenes, Favorecer su contratación y Favorecer el emprendimiento, es decir, el autoempleo vía autónomos.

El acceso a las ayudas de Garantía Juvenil debe solicitarlas el interesado a través de un registro telemático y se prevé un plazo de atención máximo de 4 meses, y la realización de un perfil personalizado de cada solicitante que identifique sus necesidades educativas o formativas.

En este enlace está disponible el texto íntegro del plan.

17 de diciembre de 2013

Casi 800.000 euros para las Agencias de Colocación asturianas

Un total de 784.462 euros serán destinados a subvencionar programas de acompañamiento para el empleo en 2014 y 2015 desarrollados por agencias de colocación sin ánimo de lucro. Con una previsión de 800 personas beneficiarias, servirán para crear itinerarios personalizados de ayuda en la búsqueda de empleo, que incluirán orientación laboral, asesoramiento en la búsqueda de empleo y actividades formativas trasversales entre otras acciones.

Un nuevo impulso a las agencias de colocación que desde la reforma laboral se han situado como entidades clave dentro de la orientación laboral y el apoyo en la búsqueda de empleo.

11 de diciembre de 2013

Primeras noticias sobre el Plan para la Garantía Juvenil

Después de plantarse ante la Unión Europea exigiendo el adelanto de las ayudas, pero con las manos vacías, parece ser que nuestro Gobierno empieza a elaborar el necesario Plan para la implementación de la Garantía Juvenil que la Comisión Europea le exigía como dispensa para acceder a las mencionadas ayudas. Algo tan básico como saber en qué se van a gastar el dinero que les van a dar.

Por ahora, las primeras noticias que tenemos es que el plan se está negociando con los agentes sociales y las comunidades autónomas y el 20 de diciembre será cuando se apruebe en Consejo de Ministros, para posteriormente ser enviado a la Comisión Europea el 23 de diciembre.

Por lo demás, poco sabemos. Fátima Báñez no dice ni mu sobre las medidas que incluirá el plan, se remite a lo ya hecho, y recuerda con contundencia lo mucho que han insistido en que los fondos lleguen cuanto antes. Pero lo dicho, de los planes en sí, rien de rien.




4 de diciembre de 2013

El Periodo de Prueba de 1 año es improcedente.

El Periodo de Prueba de 1 año es improcedente. No lo digo yo, lo dice la jueza María Luisa Sanz, que se basa en el principio de jerarquía para establecer que el periodo de prueba de un año del contrato de apoyo a emprendedores vulnera la Carta Social Europea, y por lo tanto, rescindir el contrato de un trabajador sin indemnización ni preaviso a los pocos días de que se cumpla un año de su contratación constituye un despido improcedente.

Hemos tardado en ver una sentencia sobre la materia, pero era obvio que, tarde o temprano, iba a llegar. Para mí, el periodo de prueba de un año es la mayor chapuza de la última reforma laboral. No sólo es un claro ataque a los derechos de los trabajadores, si no una perversión de la figura jurídica del periodo de prueba. Porque puede parecernos bien o mal que se introduzca una vía que facilite a los empresarios, en estos tiempos de crisis, rescindir un contrato con bajo coste tras un determinado periodo de tiempo. Pero no es lógico ni es ético utilizar el periodo de prueba para estos menesteres.

La jueza María Luisa Sanz se basa, como digo, en el principio de jerarquía para declarar improcedente este despido. Sentencia que la normativa vigente vulnera el artículo 4.4 de la Carta Social Europea, que reconoce "el derecho de todos los trabajadores a un plazo razonable de preaviso en caso de terminación del empleo"

El periodo de prueba, su nombre lo indica, es un tiempo establecido para que tanto trabajador y empresa se conozcan y evalúen su idoneidad recíprocamente para una determinada relación laboral. Es más que obvio que para determinados puestos de trabajo, esta idoneidad no precisa de un periodo de 1 año para evaluarse.

Es una sentencia de un Juzgado de lo Social, por lo que cabe recurso contra ella y podría quedar en nada, pero sin duda es interesante que se planteen este tipo de cuestiones, sobre todo cuando el Gobierno quiere extender este modelo de contratación a los contratos a tiempo parcial.

2 de diciembre de 2013

Nueva Reforma Laboral a la vista

Cuando ví que Fátima Báñez anunciaba en varias ocasiones que iba cambiar a las modalidades de contratos, me olí que si incidía tanto en algo que a simple vista parecía meramente burocrático era porque pudiera tener en mente una nueva reforma laboral.

Pues no ha sido Fátima Báñez, si no Luis de Guindos, quien lo ha confirmado dando las primeras pistas sobre esa nueva reforma. La plantea como un perfeccionamiento de la que se hizo en 2012, con vistas a simplificar los contratos y a crear empleo neto. Obviamente la anterior no tuvo mucho éxito en cuanto a la creación de empleo neto, por mucho que sentase las bases para que la flexibilidad se adueñase del mercado de trabajo.

Comenté previamente que de poco servía reducir los formularios de los contratos si no había detrás una regulación de las modalidades en sí, y quizás esta nueva reforma haga cambios en dichas modalidades. No estaría de más revisar los contratos temporales con el fin de acabar con el fraude en su uso.

De Guindos mencionó también la flexibilización de los contratos a tiempo parcial. Supuestamente esta flexibilización se corresponde con la conocida extensión del contrato indefinido de apoyo a emprendedores a la contratación a tiempo parcial, pero pienso que quizás nos sorprendan con alguna medida más. Descarta, eso sí, que se pueda tratar de introducir los "minijobs", pero la realidad es que no es necesario. De hecho, ya existen. No estarán regulados de la misma forma que en Alemania, ni tienen nombre concreto, pero los contratos a tiempo parcial con sueldos precarios están plenamente asentados en nuestro mercado laboral, especialmente desde el inicio de la crisis.

Aún así, mucho me temo que la flexibilización de la que habla de Guindos será una regulación del tiempo parcial que acerque estos contratos a los minijobs de los que ahora reniega. Recordemos que la reforma laboral previa introdujo la posibilidad de hacer horas extras en contratos a tiempo parcial, que hasta ahora no era posible (Sí lo eran las llamadas horas complementarias, que si bien pueden parecer similares, eran muy diferentes) flexibilizando ya considerablemente este tipo de contratos.

29 de noviembre de 2013

El trabajo como reclamo publicitario

Me sorprendía hace unos días la noticia de que en un centro comercial catalán se vendían papeletas para el sorteo de una de esas macrocestas de navidad en la que incluía como premio, entre artículos de diversa índole, un puesto de trabajo en el grupo empresarial Enrique Tomás. Este puesto de trabajo lo ganará aquella persona cuyo número de papeleta coincida con el que resulte premiado en el sorteo de lotería de El Niño.

No es premio seguro, que para eso están los periodos de prueba, y por mucho que te sonría la fortuna, no hay sorteo que premie con la inaplicación del poder de dirección empresarial.

La noticia me hacía pensar en los límites éticos de lo que algunos entenderán como estrategia de ventas o como publicidad. Pese a intentar enmascarar la acción como altruísta y solidaria, porque es muy bonito que se sortee un puesto de trabajo con la necesidad y el paro que hay, no deja de parecerme que las verdaderas intenciones de los organizadores son meramente publicitarias y, por lo tanto lucrativas. Se utiliza la necesidad de trabajo como reclamo, a sabiendas de que es algo muy demandado en la sociedad actual. Y por ello pienso que una acción de este tipo, éticamente, resulta muy cuestionable.

Pero como parece que la cosa, a nivel publicitario y de ventas, funciona, van surgiendo más iniciativas similares.

En el centro comercial Parqueastur se sortean puestos de trabajo como Papa Noel. O eso puede parecer. A simple vista, según la información publicada en su web, el reclutamiento entero parece un sorteo cuyo premio es un "sueldazo" de 1.200 euros. Realmente los puestos de trabajo no se sortean, ya que se menciona la existencia de un casting, pero sorprende el lenguaje promocional utilizado para un proceso de reclutamiento.

De todas formas el asunto no se queda ahí, ya que una de las 50 plazas para ese casting se conseguirá mediante un concurso de Facebook, e irá a parar a la candidatura más votada por los seguidores de Parqueastur en la red social. Pura estrategia de Social Media. ¿Qué mejor forma que conseguir "Me gusta" que provocando la necesidad de votar a una persona para que consiga un puesto de trabajo?

Sigo pensando sobre esta acción más o menos lo mismo que sobre la anterior: que desde un punto de vista ético es muy cuestionable. Y desde un punto de vista de gestión de personal y de recursos humanos también me parece que este tipo de acciones de reclutamiento son controvertidas, ya que no siguen pautas de selección de candidatos adecuadas, y dan la sensación de que cualquier persona es apta para ocupar el puesto de trabajo, lo que le resta validez al proceso de selección y credibilidad al puesto de trabajo, al equipo de selección y a la empresa en general.

Estas campañas podrán concluir con un gran éxito cuantitativo a nivel publicitario y de Social Media, pero será a costa de dejar una sensación ambivalente en las personas, y de demostrar una importante falta de ética empresarial.

28 de noviembre de 2013

La App de la Seguridad Social

La Seguridad Social sigue intentando adaptarse a las a nuevas tecnologías, y tras su incursión en Internet, ahora hace lo propio con los móviles. Para ello ha creado cuatro Apps para móvil y tablets con las que pretende una mayor cercanía a los usuarios.

Para la divulgación de estas aplicaciones se ha creado una sección en su web donde se puede encontrar amplia información sobre su uso, así como enlaces a las plataformas desde las cuales descargar las apps. Las aplicaciones están disponibles para iPhone, iPad y sistemas Android. Sorprende que en su página web sólo aparezcan tres de las aplicaciones cuando en realidad son cuatro. Es obvio que, pese a las buenas intenciones, han cuidado poco la actualización de la web informativa.

Las aplicaciones disponibles son las siguientes (con enlaces a Google Play):


  • Seguridad Social Móvil. Esta app, por así decirlo, es la aplicación matriz. Desde ella se puede acceder a las otras tres (previa descarga), así como a un directorio telefónico con los números de información del INSS y de la Tesorería, un buscador de oficinas con mapa de Google Maps incluído, una sección de novedades que es básicamente un lector RSS, y un apartado de enlaces con vínculos a la web de la Seguridad Social, a su sede electrónica, a la revista Activa, y al Aula de la Seguridad Social.
  • Seguridad Social Cita Previa. Como su nombre indica, con esta aplicación se puede solicitar una cita previa en el INSS, algo a valorar en positivo habida cuenta de lo insufribles que pueden ser las colas en la mencionada administración.
  • Seguridad Social Informe Situación. Permite conocer su situación de cara a la Seguridad Social (por ejemplo, de alta en X empresa), así como descargar este informe en formato pdf.
  • Seguridad Social Certificados e Informes. Permite obtener los siguientes informes: Informe de Vida Laboral, Informe de Situación Actual del Trabajador, Certificado de No Pensionista, Certificado de importes al cobro resumen y Certificado Provisional Sustitutorio de la Tarjeta Sanitaria Europea.
Cuatro aplicaciones, ni más ni menos. Me preguntaría qué necesidad hay de tener cuatro aplicaciones en lugar de una que englobe todas las opciones, pero la Seguridad Social siempre me ha parecido un tanto extravagante en cuanto a sus sistemas informáticos y hace tiempo que tomé la decisión de intentar adaptarme a su modus operandi en lugar de cuestionarlo. Además, presiento que en el futuro puede crecer la familia de aplicaciones.

Sí es cierto que las aplicaciones me parecen interesantes, y tengo ganas de analizarlas en profundidad, por lo que seguramente en el futuro publicaré análisis pormenorizados sobre el uso de cada una de ellas.

26 de noviembre de 2013

Hoy hay Comisión de Empleo en el Congreso.

Hoy se celebrará la Comisión de Empleo del Congreso, donde los diferentes grupos parlamentarios harán propuestas sobre la materia, algunas de las cuales os intentaré resumir a continuación:

  • PSOE pedirá una mayor protección para los desempleados mayores de 50 años, que ciertamente es un sector al que afecta muy gravemente el desempleo, ya que los índices de reincorporación al mercado laboral son muy bajos. Supongo que el PSOE hará especial incapié en los recortes al subsidio para mayores de 55 años, que previamente era para mayores de 52.
  • CiU pedirá que las ayudas europeas para la lucha contra el paro juvenil sean gestionadas por las Comunidades Autónomas, y que estas ayudas se repartan de manera proporcional en función del número de jóvenes parados según la EPA. 
  • ERC pedirá la fijación de un techo salarial en las empresas y administraciones públicas para que el trabajador con salario más alto no gane en un mes más de lo que el trabajador con salario más bajo gana en un año. Lo tienen crudo con esta propuesta, aunque no la entienden como descabellada, ya que en algunos países europeos es tema de debate actualmente.
  • UPyD realizará una propuesta, para mí interesante, y que consiste en contabilizar la duración de la prestación de desempleo percibida en caso de su compatibilización con el trabajo a tiempo parcial, por las horas no trabajadas, y no por las jornadas trabajadas. De esta forma, la duración del desempleo pasaría a contarse por horas, y no por días, y por cada día realmente trabajado, al trabajador se le descontarían de paro las horas no trabajadas y no el día entero. Para haceros una idea, si trabajase en jornada del 50% y le correspondiesen 20 días de paro, por cada día de trabajo se le descontaría medio día. UPyD también pedirá duplicar la duración de la Renta Activa de Inserción.
De otros grupos parlamentarios no me han llegado noticias, así que habrá que esperar para ver las propuestas de, por ejemplo, Izquierda Unida, y también los resultados de la Comisión.

25 de noviembre de 2013

¿Por qué los sindicatos no quieren una ley de servicios mínimos?

Sigue el debate en torno a la Ley de Huelga, y a su remiendo momentáneo, la Ley de Servicios Mínimos. Al escuchar a Ana Botella sacar el tema a relucir, lo celebraba. Hoy en día ya no sé que pensar, quizás hubiese estado mejor callada.

En rasgos generales, y tras varios días de declaraciones, creo que podemos observar que hay dos tendencias: una que no ve necesaria esta regulación, y que tira más hacia la izquierda, y otra que sí la ve necesaria y tira más hacia la derecha.

A simple vista puede llamar la atención ¿Cómo puede ser que justamente sean quienes defienden más de cerca los derechos de los trabajadores los que no desean una regulación de un derecho fundamental netamente laboral?

Dando un repaso a la regulación actual de los servicios mínimos, esto es, el RDley 17/1977 de Relaciones de Trabajo (concretamente el artículo 10), y toda la jurisprudencia constitucional que lo interpreta, vemos que actualmente se fija la necesidad de acordar servicios mínimos en caso de huelga en empresas que presten servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad, y que esos servicios mínimos los establecerá la Autoridad Gubernativa. Es decir, que en principio, los sindicatos ni pinchan ni cortan, y además, es "el jefe" el que decide los servicios mínimos a cumplir.

Así pues, una regulación legal de los servicios mínimos parece que, en principio, poco podría afectar a los intereses de los sindicatos, ya que hasta ahora tampoco tenían capacidad de influir sobre ellos.

¿Por qué la oposición entonces? Las declaraciones de los sindicatos, de momento, me parecen bastante tímidas, pero creo que dejan entrever bastante bien el motivo de sus preocupaciones. Todavía queda en su recuerdo, estoy seguro de ello, la humillación que para el movimiento sindical tuvo que suponer la reforma laboral de 2012 que tanto afectó a la negociación colectiva. Y ahora el verdugo de la que fuera su arma más potente intenta regular otro de sus pilares.

El derecho a huelga, como derecho fundamental derivado de la Constitución, debe regularse por Ley Orgánica, que precisa de mayoría absoluta para su aprobación parlamentaria. Y el Partido Popular dispone de esa mayoría necesaria para tramitar en solitario una Ley Orgánica (Ya lo hizo con la de Educación). Por lo tanto, puestos a regular los servicios mínimos, bien pueden acabar regulando el derecho a huelga, y por supuesto, lo harán a su favor, y no al de los sindicatos.

Y algo que quizás es más relevante, el llamado Conflicto Colectivo también debería ser regulado por esta ley, y aquí es dónde más tienen que perder los sindicatos. Hasta ahora, el vacío legislativo les permitía estirar hasta el límite las situaciones de conflicto recurriendo a instrumentos como los piquetes o la obstrucción pública.

El malestar ciudadano ante huelgas radicales cada vez es más evidente. Los ciudadanos perciben que lo único que se consigue es que las protestas les fastidien, y sus derechos se vean igualmente recortados. ¿Tendría éxito una huelga para defender las actuales huelgas? Quizás una respuesta a esa pregunta es lo que pretenden evitar los sindicatos.

21 de noviembre de 2013

Ley de Servicios Mínimos versus Ley de Huelga

Parece que las declaraciones sobre la necesidad de regular el derecho a huelga de Ana Botella han tenido alguna repercusión, ya que Mariano Rajoy ha anunciado la futura elaboración de una Ley de Servicios Mínimos.

Un remiendo, claramente. Como ya comenté, la huelga debería regularse por Ley Orgánica, que para eso es derecho fundamental. Pero todo pinta que de esta tampoco va a ser.

Las reacciones a este anuncio han sido muchas y variadas. El PSOE cree que no es el momento de cambiar la regulación de la huelga, y que sólo se pretende la creación de una nueva ley de huelga encubierta. Lo cierto es que no hay una ley de huelga "vieja", ya que la regulación actual, además de previa a la Constitución, se hizo vía decreto, con posterior matización por parte del Tribunal Constitución. Así que, realmente, Ley de Huelga no tenemos ninguna.

También en UGT parecen pensar que no es el momento de regular la huelga, ya que no consideran esta ley prioritaria. Eso sí, no dejan pasar la oportunidad de advertir que la regulación de este derecho pasa por el consenso con los agentes sociales.

Esta necesidad de consenso se recuerda también desde CiU, pero por contra, sí consideran que "quizás toca" revisar la regulación

Como veis, reacciones para todos los gustos.

19 de noviembre de 2013

Los autónomos podrán cambiar su base de cotización mensualmente.

Según informa la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos, el Ministerio de Empleo estudia la publicación de una Orden Ministerial que permita que los autónomos cambien su base de cotización mensualmente. Hasta ahora sólo podían cambiarla en dos momentos del año: antes del 1 de mayo, con efectos a partir del 1 de julio, y antes del 1 de octubre, con efectos a partir del 1 de enero, algo que en las asesorías con gran volumen de autónomos solía conllevar un revuelo tremendo (experiencia propia).

Me parece una medida excelente, ya que como la propia UPTA dice, flexibiliza las cotizaciones de los autónomos, que podrán adecuarlas a los ingresos reales de cada mes, lo que en mi opinión es sinónimo de un aumento de las cotizaciones. La mayoría de los autónomos (Cifras oficiales: el 82%) cotizan por la base mínima. Y tiene su lógica, porque si no sabes cómo te va a ir cada mes, no te arriesgas a cotizar por una base que no sabes de antemano si vas a alcanzar. Si a partir de ahora pueden amoldar su base de cotización a los ingresos reales, y teniendo en cuenta la tendencia que se sigue hacia que para el cálculo de la base reguladora de la jubilación cuente toda la vida laboral, es interesante poder cotizar más aquellos meses que, por ingresos, es posible hacerlo.

Se prevé que la Orden entre en vigor en enero de 2014 y que los cambios de base de cotización sólo se puedan hacer por vía telemática.

Un pasito más para conseguir que los autónomos dejen de ser los grandes olvidados del sistema de Seguridad Social cuando cada vez tienen más peso.

18 de noviembre de 2013

Ana Botella pide una Ley de Huelga

Tras la huelga de limpieza madrileña, la alcaldesa, Ana Botella, ha declarado, entre otras cosas, que si no va a haber despidos es gracias a la flexibilidad y que es necesario abordar las normas que regulan el derecho de huelga, las cuales considera insuficientes y obsoletas, y cuya revisión es una reivindicación histórica de la sociedad española.

Sobre la cuestión de la flexibilidad, espero que nadie se eche las manos a la cabeza si termina siendo lo yo pienso que va a terminar siendo.

Sobre la Ley de Huelga, tenemos aquí un tema muy interesante. Como Ana Botella bien dice, el derecho a huelga está regulado en un real decreto anterior a la Constitución, de forma insuficiente, y obviamente obsoleta. Y también como ella bien dice, es una reivindicación histórica de la sociedad española. Al menos de la que es consciente del peso que se le da al derecho a la huelga en la Constitución, que lo recoge en su artículo 28, junto con la libertad sindical, como uno de los derechos fundamentales.

Que se le reconozca a la huelga una categoría de derecho fundamental significa que, en caso de su vulneración, se pueden alegar directamente ante los tribunales, y que su desarrollo sólo puede hacerse a través de Ley Orgánico. Por lo tanto, tiene un nivel de protección especial.

Este desarrollo por Ley Orgánica es el que queda pendiente, y que parece ser que en ninguna legislatura se ha considerado lo suficientemente importante como para regular. Es un punto a su favor que sea una persona del partido en el gobierno, tanto a nivel local, como autonómico y nacional, la que saque a relucir este tema. Y sería muy conveniente que se tuviese en cuenta y no quedase en agua de borrajas,  no sólo para preservar los derechos de los ciudadanos en general, si no también los de los trabajadores y también los de las empresas. Porque la ausencia de un marco de regulación del derecho a huelga no es una causa pendiente únicamente con los trabajadores, si no con toda la sociedad.

16 de noviembre de 2013

Medidas drásticas para bajar el paro

Ya que ha comenzado el fin de semana, hoy dejo una tira cómica en la que se ve a Mariano Rajoy y a Soraya Saenz de Santamaría aplicando una técnica un tanto drástica para bajar el paro. Todo esto desde el humor negro y la ironía, claro..

Fuente: Cuanta Razón.

Algún día os explicaré si esto serviría o no para bajar realmente el paro.

15 de noviembre de 2013

La Garantía Juvenil de Nestlé

Mientras Fátima Báñez afirma que el empleo joven es el objetivo prioritario del Gobierno de España (sic), y un tema estructural que hay que atajar (sic), pero no presenta nuevos planes de acción, y Mariano Rajoy llega a Luxemburgo exigiendo acelerar la concesión de ayudas europeas sin escudarse en estrategias para aplicarlas, llega Nestlé y presenta una iniciativa llamada "Nestlé needs YOUth" con la que pretende dar oportunidades laborales a unos 10.000 jóvenes (menores de 30 años), 1.250 de los cuales serían españoles.

Se trataría de contratos de formación y en prácticas entre 2014 y 2016, y cubrirían todas las áreas de los centros de trabajo de la empresa. Dos de estos centros de trabajo de Nestlé nos tocan cerca a los asturianos, ya que la empresa suiza tiene un centro de producción en Gijón y otro en Sevares. Quizá varios de los contratos anunciados recaigan en esta localidad piloñesa, lo que supondría un necesario impulso para el municipio que sufre todavía las devastadoras consecuencias del cierre de la planta que Chupa Chups tenía en Villamayor y que era un auténtico motor económico de la zona.



Los 1.250 contratos se tendrán que repartir entre los 18 centros de trabajo que Nestlé tiene en España, pero sin duda, le toquen más o menos a los centros de Asturias, es una buena noticia.

14 de noviembre de 2013

Un plan por la garantía juvenil

La Conferencia sobre el Fomento del Empleo Juvenil de la Unión Europea, sobre la que ya escribí anteriormente, se presentaba como una cita de la que no se esperaba mucho. Se sabía que se iban a destinar 6.000 millones de euros a ayudas, de los cuales 1.800 millones serían para España, y las cifras siguen igual.

Mariano Rajoy iba con la idea de acelerar la llegada de dichas ayudas, pero desde la Unión Europea le han dicho que para que esas ayudas lleguen necesitan que primero se presente un plan donde se detalle cómo se van a gastar esas ayudas. Este plan debería ajustarse a lo que han denominado "La Garantía Juvenil" la cual ha de suponer un compromiso por parte de las Administraciones Públicas de que ningún joven esté más de 4 meses sin formación, prácticas o trabajo. Era algo que ya se había establecido en la anterior conferencia y por ello varios países ya tienen el plan hecho, por ejemplo las Repúblicas Checa y Eslovaca, Croacia, Lituania, o Polonia.

España acudió sin el mencionado programa, anunciando que se presentará en diciembre. Se rumorea que las ayudas se destinarán principalmente a bonificaciones a la Seguridad Social y rebajas de impuestos. Por lo pronto, me llaman la atención dos cosas: Primero, que teniendo en cuenta la gravedad del desempleo juvenil en España (Un 56,5%) se acuda a esta conferencia sin tener siquiera un esbozo de plan de acción para paliar esta situación desastrosa. Y segundo, que la supuesta "Garantía Juvenil" de España se pueda quedar en las más que vistas bonificaciones de contratos.

Yo tengo la esperanza de que se elabore un plan cuanto antes y que el retraso sea consecuencia de una propuesta contundente y eficaz. Lo difícil era conseguir la financiación, y ahora está asegurada. Sólo resta tener en cuenta alguna de las numerosas buenas ideas que desde organizaciones, asociaciones y demás han ido surgiendo y ponerlas en marcha.

13 de noviembre de 2013

El Salario Mínimo Interprofesional de 900€ en tiempos de Flexibilidad.

UGT y Comisiones Obreras dieron ayer una rueda de prensa conjunta en la que comunicaron el envío de una carta a Fátima Báñez solicitando la actualización del IPREM y del SMI, así como una subida progresiva que sitúe en 900 euros el SMI para el año 2018.

Para el secretario de Acción Sindical de Comisiones Obreras, Ramón Górriz, salir de la crisis económica no es posible sin el crecimiento de los salarios y "si alguien piensa que se puede salir devaluando los salarios, la evolución del paro viene a desmentirlo".

Para su desgracia, quien piensa que es posible es ni más ni menos que la cabeza, no sabemos si pensante, pero sí visible, de Europa, Angela Merkel, y también por extensión Mariano Rajoy, fieles seguidores de la Flexibilidad laboral.

Esta teoría, o tendencia, también se ha denominado Desregularización del mercado laboral, y precisamente en eso de basa, en la eliminación de regulaciones que impidan o dificulten la evolución natural del mercado de trabajo.

Aplicado al ámbito salarial, las retribuciones de los trabajadores evolucionarían en función de la marcha de la empresa y de la productividad de los propios trabajadores, aumentando en los buenos momentos y reduciéndose en los complicados. Hasta las últimas reformas laborales, los salarios de los trabajadores quedaban al amparo de la negociación colectiva. Los convenios colectivos sectoriales prevalecían sobre los de empresa, que debían respetarlos, y establecían cláusulas de revisión que, por lo general, eran anuales y se vinculaban con el IPC.

La Flexibilidad juega con otras reglas: los salarios evolucionarían según la marcha de la empresa y sería ésta la que los determinase, dentro de un equilibro de oferta y demanda. En otras palabras, las empresas, mediante sus convenios colectivos, determinarían los salarios, con preeminencia de estos acuerdos sobre los sectoriales, y las retribuciones dejarían de estar vinculadas al IPC para pasar a estar vinculadas a productividad ¿Os suena? ¿Reforma laboral de 2012?

En un escenario flexible, la bajada de los salarios aumenta la demanda de trabajo de las empresas, ya que por menos salario, estarían dispuestas a contratar más trabajadores. Y por su parte, la oferta de trabajo disminuye, ya que muchas personas no estarían interesadas en trabajar al salario ofrecido. Se llega a un equilibrio de mercado en el cual se contrata a más personas, mientras que otras pasan del paro a la inactividad.

¿Y qué pinta el SMI en todo esto? Si los salarios no pueden bajar, porque hay un mínimo legalmente establecido, entonces la flexibilidad no funciona. Y si la flexibilidad no funciona, no se generan empleos a costa de salarios bajos, y no se reduce el paro.

Así que me imagino que las peticiones de UGT y CCOO han caído en saco roto.

11 de noviembre de 2013

Las cumbres sobre el desempleo juvenil

Esta semana se celebran en París y en Bogotá dos cumbres internacionales que analizarán e intentarán encontrar medidas contra el desempleo juvenil: La Conferencia sobre el Fomento del Empleo Juvenil de la Unión Europea, y la Cumbre Interamericana de Ministros de Trabajo. Interesante coincidencia que nos puede permitir analizar cómo se afronta el paro juvenil a uno y otro lado del Atlántico.

Para empezar, de la cumbre europea, poco se espera. Por lo visto, únicamente presionar para que las ayudas europeas contra el paro juvenil (Unos 6.000 millones de euros, de los que España recibiría la mayor cuantía, 1.800 millones) se pongan en marcha cuanto antes.

De la americana, que celebra su 50ª edición, se espera no solo mejorar los datos de desempleo juvenil, si no también profundizar en la protección de los migrantes entre otras cuestiones.

Habrá que esperar unos días para ver qué conclusiones nos presentan ambas.

9 de noviembre de 2013

Los 3 o 4 contratos de Fátima Báñez

Ya había comentado en agosto, en el Congreso de los Diputados, que tenía pensado reducir las 41 modalidades actuales de contratos de trabajo a tan sólo 5, y esta semana, Fátima Báñez, Ministra de Empleo, ha concretado durante el Foro de Autónomos y Emprendedores, que finalmente se quedarán en "3 o 4", previsiblemente las siguientes: Formación, Prácticas, Indefinido y Temporal. Se carga el de Relevo, que era el 5º de la anterior idea. Y yo supongo que la cuestión de los "3 o 4" va en relación a la posibilidad de concentrar en uno sólo los de Formación y Prácticas.

Declara la señora Ministra que "Ya nadie va a decir que hay una maraña de formularios para contratar, ahora no vamos a tener ninguna excusa para no contratar", frase que no llego a entender muy bien porque su propuesta no deja de parecerme una mera reforma burocrática con muy poca repercusión sobre el fomento de la contratación.

Y es que cuando Fátima Báñez se refiere a reducir las modalidades contractuales, yo lo que entiendo que se propone hacer es simplificar el papeleo que conlleva la contratación, dejando únicamente esos 3 o 4 formularios que concentrarían todos los contratos existentes en ellos. Nada de eliminar formas de contratación: sólo reducir el papeleo. De hecho, se ha anunciado la creación de un nuevo tipo de contrato: el de apoyo a emprendedores, a tiempo parcial.

Poca repercusión veo que pueda tener esta medida en el aumento de las contrataciones, sin que por ello me parezca que es una mala medida, pero obviamente no para solucionar el problema sobre el que la enfoca. Habrá que esperar para ver si estos tímidos anuncios de cambios se traducen en algo con mayor entidad, como una nueva reforma laboral, y qué líneas se seguirán en ese caso.

8 de noviembre de 2013

1.342 millones de euros para políticas activas de empleo.

El Consejo de Ministros ha aprobado esta mañana la distribución entre las Comunidades Autónomas de 1.342 millones de euros destinados a políticas activas de empleo.

De esta cantidad, le corresponderán a Asturias 42.375.572 euros exactamente, distribuidos a razón de:
  • Casi 28.300.000 para Formación Profesional para el Empleo. Básicamente: cursos. Los que somos Docentes de Formación Profesional para el Empleo esperamos estas inversiones como agua de mayo. 
  • Unos 13.200.000 para acciones de fomento del empleo. Incluyen la orientación laboral y una serie de acciones de fomento que no se concretan en detalle. La inversión en políticas de empleo ha empezado a basar su reparto según criterios enfocados en la evaluación y la orientación a objetivos. Estas acciones de fomento del empleo deberán ser claves en dichos criterios, tengo mucho interés en conocer los resultados de su evaluación y qué grado de consecución de objetivos alcanzan, ya que hasta ahora me han parecido acciones bastante decepcionantes.
  • 850.000 para la modernización de los Servicios Públicos de Empleo, que bien podrían ser destinados a la reforma de una Administración Pública que permanece en el limbo y suele ser considerada de dudosa utilidad. 
  • Y poco más de 2.000.000 para ayudas previas a la jubilación. Asturias es una de las 5 Comunidades Autónomas que recibirá esta ayuda.


Y bajaron los tipos de interés.

Muchos eran los expertos en economía laboral que venían comentando la conveniencia de bajar los tipos de interés en la Eurozona como medida para llegar a la recuperación económica, y en consecuencia, del mercado de trabajo. Prácticamente los mismos declaraban que dicha bajada llegaría, con casi toda seguridad, tras las elecciones alemanas de septiembre.

Así ha sido. Queda por ver si también aciertan en cuanto a los efectos que esta bajada de tipos de interés puede conllevar a nivel macroeconómico laboral.

La Unión Europea del Euro, afectada por una grave crisis económica asimétrica, se debate entre la situación favorable a los países en auge económico, como Alemania, de mantener una moneda fuerte y unos tipos de interés a niveles más altos que otras economías como la de Estados Unidos y Japón, y la necesidad de las economías en crisis, como las de los países conocidos como PIIGS (Portugal, Irlanda, Italia, Grecia y España), de valerse de una política monetaria de devaluación del Euro y bajada de los tipos de interés para incrementar el consumo, tanto interno como externo, y así equilibrar una balanza de pagos muy descompensada por los bajos niveles de renta, inversión y gasto público.

En esta ocasión, el Banco Central Europeo mueve ficha negra, ficha a favor de los PIIGS.

¿Qué se supone que pasará ahora? Pues varias cosas. Por ejemplo, a los bancos les saldrá más barato obtener dinero que prestar posteriormente a particulares y empresas, y es de suponer que facilitarán la concesión de préstamos y créditos. También hará que el Euro se debilite, que lejos de ser algo negativo, permitirá que se abaraten las exportaciones. Es decir, nuestros productos serán más baratos en el extranjero, por lo que podremos vender más. Todo esto lo que genera es un flujo de entrada de capital en la economía, que previsiblemente crecerá, y por lo tanto, se traducirá en una creación de empleo.

Dentro de un tiempo podremos evaluar si esta medida ha tenido su esperado efecto.


7 de noviembre de 2013

Bienvenida

Os doy la bienvenida a mi blog personal, que pretendo sea un ejercicio de análisis, divulgación y opinión sobre la actualidad sociolaboral.

El empleo, especialmente el desempleo, se sitúa desde hace meses, incluso años, como una de las cuestiones que más preocupan a los españoles. La crisis económica, y su gran repercusión en el ámbito laboral, ha traído la necesidad de evaluar nuestro sistema actual con el objetivo de encontrar vías de actuación que permitan su evolución en pro de una mejora económica.

Este contexto da lugar a una constante sucesión de novedades laborales que destacan aún más el carácter cambiante de la materia y hacen atractivo su análisis para ayudarnos a comprenderlas mejor, razonarlas, y también juzgarlas.

Con ese propósito nace este blog, que espero con el tiempo vaya adquiriendo cuerpo y consistencia, y también que os guste y os resulte interesante.

 
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